En el caso de los partidos políticos, además deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, la información que se detalle en la legislación electoral local vigente.
ARTÍCULO 143
LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
DOCUMENTO
11/11/2024
04/11/2024
21/11/2024
25/11/2024
02/12/2024
BOLETÍN SEMANAL DEL PRI