En el caso de los partidos políticos, además deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, la información que se detalle en la legislación electoral local vigente.
ARTÍCULO 146 Y 172
LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
ARTÍCULO 146
ARTÍCULO 172
11/11/2024
04/11/2024
21/11/2024
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